AEROPUERTO DE SANTA ROSA DEL YACUMA
INFORMACIÓN PARA EL PASAJERO
ARTÍCULOS PROHIBIDOS
Se permite que menores entre 5 y 17 años viajen sin acompañante bajo circunstancias reguladas en vuelos nacionales e internacionales. Debido a que requieren atención especial y deben cumplir ciertos requisitos, es importante revisar esta información a fondo.
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ARTÍCULOS PROHIBIDOS
- ARTÍCULOS PROHIBIDOS EN EL EQUIPAJE DE MANO
- ARTÍCULO PROHIBIDO EN EL EQUIPAJE DE MANO O DE BODEGA.
Muchos artículos de uso común en el hogar a en el trabajo pueden parecer inofensivos; sin embargo, cuando son transportados por vía aérea, pueden resultar muy peligrosos para la salud, seguridad de los pasajeros y la tripulación; así coma para la seguridad de las aeronaves y los bienes que transporta.
Las condiciones de transporte durante el vuelo, pueden hacer que ciertos productos se derramen generando gases tóxicos o inicien fuego.
Tales artículos no pueden ser transportados por las personas y en su equipaje de mano en la cabina de pasajeros de una aeronave debido al riesgo que representan. Para esto se recomienda dejar la especie en tierra o depositarla en el equipaje de bodega, si la compañía aérea accede a ello, de lo contrario deberán ser depositados en un receptáculo instalado para este fin, en el Puesto de Control de Seguridad, advirtiendo al pasajero que no podrá recuperarla posteriormente.
Nota: Sin perjuicio de lo anterior, existen artículos que no pueden ser transportados bajo ninguna circunstancia tanto por las personas y en su equipaje de mano, coma así mismo en su equipaje de bodega.
Armas de fuego
- Todo tipo de armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.).
- Municiones, partes y piezas procedentes de armas de fuego.
- El transporte de armas de fuego debe ser declarado y documentado a la Compañía Aérea y/o al personal de Seguridad Aeroportuaria.
Otros tipos de armas
- Pistolas y rifles de aire comprimido.
- Pistolas para lanzar cohetes de señales.
- Pistolas de juguete de cualquier tipo.
- Arpones, ballestas y fusiles de pesca.
- Encendedores con formas de armas de fuego.
- Armas de colección, reproducciones e imitaciones de armas de fuego.
Armas u Objetos Punzantes o Cortantes
- Hachas.
- Flechas y dardos.
- Jabalinas.
- Piquetas y piolets.
- Patines de hielo.
- Navajas automáticas o de resorte de cualquier longitud.
- Cuchillos, bisturís y cortaplumas de metal con hojas de una longitud superior a 4 cm.
- Abre cartas cuyas hojas superen los 4 cm de longitud.
- Machetes, sables, espadas y bastones.
- Tijeras con puntas cuyas hojas superen los 4 cm de longitud, exceptuando las de punta roma.
- Bastones de esquí y excursionismo.
- Estacas de camping.
- Herramientas que puedan ser utilizadas como arma punzante o cortante (taladros, brocas, destornilladores, martillos, alicates, llaves inglesas, entre otros).
Artículos Contundentes
- Bates de béisbol.
- Palos de golf y softball.
- Monopatines.
- Skates.
- Scooters.
- Remos.
- Palos de hockey y cricket.
- Tacos de polo y billar.
- Paraguas grandes y/o con punta.
- Cañas de pescar contundentes.
- Equipos para artes marciales y similares.
- Bastones, palos rígidos y flexibles (porras, cachiporras, etc.).
- Artesanías, piedras y rocas de mayor tamaño.
- Y cualquier otro artículo contundente que pueda provocar lesiones.
Sustancias Químicas y Tóxicas
- Material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial).
- Solo con autorización de la línea aérea se permite hielo seco para refrigerar sustancias que no sean peligrosas en cantidades que no excedan de 2.5 kg.
- Venenos.
- Material infeccioso o que entrañe un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus).
- Aerosoles inflamables tales como pinturas, insecticidas, lubricantes, desinfectantes, antibacteriales (para ambientes y superficies con acción antimicrobiana, en aerosol, con propiedades tóxicas, de fabricación nacional o extranjera), entre otros.
- Los aerosoles de uso personal (lacas para el pelo, desodorantes, perfumes, medicinas que contengan alcohol) están permitidos en envases que no superen los 500 ml y el máximo por pasajero no exceda de 2 litros.
Material Peligroso
- Material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial).
- Solo con autorización de la línea aérea se permite hielo seco para refrigerar sustancias que no sean peligrosas en cantidades que no excedan de 2.5 kg.
- Venenos. Material infeccioso o que entrañe un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus).
- Aerosoles inflamables tales como pinturas, insecticidas, lubricantes, desinfectantes, antibacteriales (para ambientes y superficies con acción antimicrobiana, en aerosol, con propiedades tóxicas, de fabricación nacional o extranjera), entre otros.
- Los aerosoles de uso personal (lacas para el pelo, desodorantes, perfumes, medicinas que contengan alcohol) están permitidos en envases que no superen los 500 ml y el máximo por pasajero no exceda de 2 litros.
Sustancias Explosivas e Inflamables
- Explosivos y dispositivos explosivos, detonadores y espoletas.
- Reproducciones e imitaciones de explosivos y dispositivos explosivos.
- Minas y otras cargas explosivas militares.
- Granadas de todo tipo.
- Gas y cilindros de gas (por ejemplo, butano, propano, acetileno, oxígeno, entre otros).
- Fuegos artificiales, bengalas de todo tipo y otros artículos de pirotecnia (por ejemplo, petardos, fulminantes, entre otros).
- Fósforos de encendido universal (encendido con raspe en cualquier parte).
- Líquido para encendedores, cartuchos para repuesto, encendedores que no sean de bolsillo y encendedores de llama azul (catalíticos).
- Fósforos de seguridad o pequeños encendedores con líquido inflamable absorbido o gas licuado (no están permitidos en el equipaje de mano o en el equipaje de bodega).
- Combustibles líquidos inflamables (por ejemplo, gasolina, alcohol, etanol, aguarrás, entre otros).
- Bebidas alcohólicas cuya graduación alcohólica volumétrica supere el 70% y cualquier sustancia explosiva o inflamable que constituya un riesgo para la salud de los pasajeros o la tripulación, así como para la seguridad de la aeronave e instalaciones.
- Oxidantes y peróxidos orgánicos (por ejemplo, lejías o kits de reparación de carrocerías, entre otros).
- Baterías de ion litio instaladas en un equipo o de repuesto que excedan los 160 Wh. No están permitidas en el equipaje de mano ni en el de bodega.
- Piezas o partes de equipos que hayan contenido combustibles.
MENORES NO ACOMPAÑADOS
Se permite que menores entre 5 y 17 años viajen sin acompañante bajo circunstancias reguladas en vuelos nacionales e internacionales. Debido a que requieren atención especial y deben cumplir ciertos requisitos, es importante revisar esta información a fondo.
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Requisitos para viajes nacionales
- Requisitos para viajes internacionales
- Viajes entre Bolivia, Argentina y Brasil
- Al reservar y comprar el boleto, informa al agente de la aerolínea que el menor viajará solo.
- Según la normativa vigente, se solicitará la autorización de viaje para menores de entre 5 y 17 años. Este documento se tramita en las oficinas de la Defensoría Municipal de la Niñez y la Adolescencia y debe presentarse al momento de la compra del boleto.Completa el formulario específico para el servicio de menor no acompañado con los datos correctos.
- En mostradores, presenta el documento de identidad original del menor, la autorización de viaje y el formulario completo.
- El menor debe estar acompañado por un adulto en el check-in y procedimientos aeroportuarios.
- El servicio aplica solo en vuelos directos, no en vuelos de conexión.
- El menor debe ser autosuficiente y capaz de seguir instrucciones de la tripulación.
- El responsable debe permanecer en el aeropuerto de salida hasta el despegue y estar presente en el aeropuerto de destino a la hora de llegada.
Niños que viajan solos (5-11 años)
- Solicita el servicio de menor no acompañado al reservar o comprar el boleto, presentando la documentación original y vigente del menor.
- Tramita la autorización legal de viaje del país de origen.
- Preséntate en mostradores del aeropuerto con el menor y la documentación original tres horas antes del vuelo.
- El servicio no tiene costo adicional, pero tiene cupos limitados.
Jóvenes que viajan solos (12-17 años)
- El servicio no es obligatorio para jóvenes viajeros, pero notifica al momento de reservar y comprar el boleto, presentando la documentación original y vigente del menor.
- Tramita la autorización legal de viaje del país de origen.
- Preséntate con el menor tres horas antes del vuelo en mostradores del aeropuerto, con la documentación correspondiente.