AEROPUERTO INTERNACIONAL
DE ALCANTARÍ
Inaugurado en 2016, este aeropuerto reemplazó al antiguo aeropuerto Juana Azurduy de Padilla. NAABOL ha impulsado mejoras significativas en Alcantarí, convirtiéndolo en un punto clave para el turismo en Sucre, ciudad con un profundo legado histórico.
Lugares Turísticos en Sucre
Sucre, conocida como la Ciudad Blanca, alberga sitios emblemáticos como la Plaza 25 de Mayo, la Catedral y la Casa de la Libertad. La ciudad es famosa por su arquitectura colonial bien conservada.
INFORMACIÓN PARA EL PASAJERO
Viento: 8km/h 20°
Humedad: 81%
Presión: 1013.21mbar
Índice UV: 2
17°C
17°C
20°C / 9°C
20°C / 10°C
23°C / 11°C
18°C / 11°C
WI FI
NAABOL proporciona el servicio de internet gratis dentro sus aeropuertos.
TARIFAS DE PEAJE
VEHÍCULOS
Bs 4.00
TARIFA DE PARQUEO CERRADO "ALCANTARÍ"
Servicio destinado a personas que desean dejar sus vehículos bajo custodia mientas están de viaje. NAABOL cuenta con ambientes y con seguridad permanente, el costo es de Bs. 20 hasta las primeras 24 horas sin fraccionamiento; y motocicletas Bs. 5.
COTIZACIÓN DE MONEDAS
Puede ver el siguiente enlace:
O visitar la página del Banco central de Bolivia: https://www.bcb.gob.bo
ARTÍCULOS PROHIBIDOS
Se permite que menores entre 5 y 17 años viajen sin acompañante bajo circunstancias reguladas en vuelos nacionales e internacionales. Debido a que requieren atención especial y deben cumplir ciertos requisitos, es importante revisar esta información a fondo.
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ARTÍCULOS PROHIBIDOS
- ARTÍCULOS PROHIBIDOS EN EL EQUIPAJE DE MANO
- ARTÍCULO PROHIBIDO EN EL EQUIPAJE DE MANO O DE BODEGA.
Muchos artículos de uso común en el hogar a en el trabajo pueden parecer inofensivos; sin embargo, cuando son transportados por vía aérea, pueden resultar muy peligrosos para la salud, seguridad de los pasajeros y la tripulación; así coma para la seguridad de las aeronaves y los bienes que transporta.
Las condiciones de transporte durante el vuelo, pueden hacer que ciertos productos se derramen generando gases tóxicos o inicien fuego.
Tales artículos no pueden ser transportados por las personas y en su equipaje de mano en la cabina de pasajeros de una aeronave debido al riesgo que representan. Para esto se recomienda dejar la especie en tierra o depositarla en el equipaje de bodega, si la compañía aérea accede a ello, de lo contrario deberán ser depositados en un receptáculo instalado para este fin, en el Puesto de Control de Seguridad, advirtiendo al pasajero que no podrá recuperarla posteriormente.
Nota: Sin perjuicio de lo anterior, existen artículos que no pueden ser transportados bajo ninguna circunstancia tanto por las personas y en su equipaje de mano, coma así mismo en su equipaje de bodega.
Armas de fuego
- Todo tipo de armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.).
- Municiones, partes y piezas procedentes de armas de fuego.
- El transporte de armas de fuego debe ser declarado y documentado a la Compañía Aérea y/o al personal de Seguridad Aeroportuaria.
Otros tipos de armas
- Pistolas y rifles de aire comprimido.
- Pistolas para lanzar cohetes de señales.
- Pistolas de juguete de cualquier tipo.
- Arpones, ballestas y fusiles de pesca.
- Encendedores con formas de armas de fuego.
- Armas de colección, reproducciones e imitaciones de armas de fuego.
Armas u Objetos Punzantes o Cortantes
- Hachas.
- Flechas y dardos.
- Jabalinas.
- Piquetas y piolets.
- Patines de hielo.
- Navajas automáticas o de resorte de cualquier longitud.
- Cuchillos, bisturís y cortaplumas de metal con hojas de una longitud superior a 4 cm.
- Abre cartas cuyas hojas superen los 4 cm de longitud.
- Machetes, sables, espadas y bastones.
- Tijeras con puntas cuyas hojas superen los 4 cm de longitud, exceptuando las de punta roma.
- Bastones de esquí y excursionismo.
- Estacas de camping.
- Herramientas que puedan ser utilizadas como arma punzante o cortante (taladros, brocas, destornilladores, martillos, alicates, llaves inglesas, entre otros).
Artículos Contundentes
- Bates de béisbol.
- Palos de golf y softball.
- Monopatines.
- Skates.
- Scooters.
- Remos.
- Palos de hockey y cricket.
- Tacos de polo y billar.
- Paraguas grandes y/o con punta.
- Cañas de pescar contundentes.
- Equipos para artes marciales y similares.
- Bastones, palos rígidos y flexibles (porras, cachiporras, etc.).
- Artesanías, piedras y rocas de mayor tamaño.
- Y cualquier otro artículo contundente que pueda provocar lesiones.
Sustancias Químicas y Tóxicas
- Material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial).
- Solo con autorización de la línea aérea se permite hielo seco para refrigerar sustancias que no sean peligrosas en cantidades que no excedan de 2.5 kg.
- Venenos.
- Material infeccioso o que entrañe un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus).
- Aerosoles inflamables tales como pinturas, insecticidas, lubricantes, desinfectantes, antibacteriales (para ambientes y superficies con acción antimicrobiana, en aerosol, con propiedades tóxicas, de fabricación nacional o extranjera), entre otros.
- Los aerosoles de uso personal (lacas para el pelo, desodorantes, perfumes, medicinas que contengan alcohol) están permitidos en envases que no superen los 500 ml y el máximo por pasajero no exceda de 2 litros.
Material Peligroso
- Material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial).
- Solo con autorización de la línea aérea se permite hielo seco para refrigerar sustancias que no sean peligrosas en cantidades que no excedan de 2.5 kg.
- Venenos. Material infeccioso o que entrañe un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus).
- Aerosoles inflamables tales como pinturas, insecticidas, lubricantes, desinfectantes, antibacteriales (para ambientes y superficies con acción antimicrobiana, en aerosol, con propiedades tóxicas, de fabricación nacional o extranjera), entre otros.
- Los aerosoles de uso personal (lacas para el pelo, desodorantes, perfumes, medicinas que contengan alcohol) están permitidos en envases que no superen los 500 ml y el máximo por pasajero no exceda de 2 litros.
Sustancias Explosivas e Inflamables
- Explosivos y dispositivos explosivos, detonadores y espoletas.
- Reproducciones e imitaciones de explosivos y dispositivos explosivos.
- Minas y otras cargas explosivas militares.
- Granadas de todo tipo.
- Gas y cilindros de gas (por ejemplo, butano, propano, acetileno, oxígeno, entre otros).
- Fuegos artificiales, bengalas de todo tipo y otros artículos de pirotecnia (por ejemplo, petardos, fulminantes, entre otros).
- Fósforos de encendido universal (encendido con raspe en cualquier parte).
- Líquido para encendedores, cartuchos para repuesto, encendedores que no sean de bolsillo y encendedores de llama azul (catalíticos).
- Fósforos de seguridad o pequeños encendedores con líquido inflamable absorbido o gas licuado (no están permitidos en el equipaje de mano o en el equipaje de bodega).
- Combustibles líquidos inflamables (por ejemplo, gasolina, alcohol, etanol, aguarrás, entre otros).
- Bebidas alcohólicas cuya graduación alcohólica volumétrica supere el 70% y cualquier sustancia explosiva o inflamable que constituya un riesgo para la salud de los pasajeros o la tripulación, así como para la seguridad de la aeronave e instalaciones.
- Oxidantes y peróxidos orgánicos (por ejemplo, lejías o kits de reparación de carrocerías, entre otros).
- Baterías de ion litio instaladas en un equipo o de repuesto que excedan los 160 Wh. No están permitidas en el equipaje de mano ni en el de bodega.
- Piezas o partes de equipos que hayan contenido combustibles.